Inicio / Noticias / Los neumáticos clase “F” sí se podrán comercializar en los próximos 30 meses

Los neumáticos clase “F” sí se podrán comercializar en los próximos 30 meses

Por Tania Alvarez

Los neumáticos de turismo y camionetas de clase “F” en resistencia a la rodadura podrán seguir comercializándose hasta el próximo 1 de mayo de 2021. Una moratoria de 30 meses, a contar desde el próximo 1 de noviembre, con la que cuentan talleres, distribuidores o mayoristas para poder vender este tipo de cubiertas, así como las de clase “E” de camioneta con un coeficiente de resistencia a la rodadura superior a 9.

La aclaración que emitía la Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos (Adine) en un comunicado en el día de ayer, con respecto a la primera información vertida por la Comisión de Fabricantes de Neumáticos y de la que esta revista se hizo eco, ha sido también confirmada por la propia Comisión que poco después enviaba una segunda nota de prensa en la que confirmaba que “los neumáticos de clase “F” en stock, fabricados antes de noviembre, podrán venderse por un plazo máximo de 30 meses”.

Tal y como ha explicado Adine, la confusión se derivaría de “un error en la transcripción de la versión española del Reglamento 661/2009 con respecto a la versión inglesa y el resto de lenguas oficiales de la UE. Existe un error en la transcripción del apartado 11 del artículo 13 de la versión española del Reglamento 661/2009 con respecto a la versión inglesa y el resto de lenguas oficiales de la UE. Concretamente, la versión española dice lo siguiente:

  • 11. Los neumáticos C1, C2 y C3 fabricados antes de las fechas establecidas en los apartados 2, 3, 5 y 6 y que no se ajusten a los requisitos del anexo II podrán ser vendidos por un período no superior a 30 meses a partir de dichas fechas.

        Sin embargo, el apartado 11 del artículo 13 en las restantes lenguas oficiales se dice textualmente lo siguiente:

  • 11. C1, C2 and C3 tyres that were manufactured prior to the dates set out in paragraphs 5, 6, 9 and 10 and which do not comply with the requirements of Annex II may be sold for a period not exceeding 30 months from those dates.

Es decir, en la transcripción de la versión española del citado Reglamento ha sido omitido el apartado 9 del artículo 13, el cual fija el cómputo de    moratoria de 30 meses, a partir del 1 de noviembre de 2018 para los neumáticos de clase C1 y C2, que engloba a los neumáticos de turismo (C1) con los límites a la resistencia a la rodadura en fase 2 (10,5 kg/tonelada) y camioneta (C2) de la clase E con los límites de la resistencia a la rodadura en fase 2 (9,0 kg/tonelada)”.

Una omisión en la versión española de dicho Reglamento que también ha confirmado la propia Comisión de Fabricantes, quien, además ha aclarado que “para los neumáticos de invierno, existe una consideración diferente, y en algunos casos sí estará permitida la fabricación de este tipo de neumáticos bajo la clasificación F en resistencia a la rodadura”.

Recordemos que Adine ha presentado dos escritos a las autoridades competentes, uno al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y otro al Parlamento Europeo y la Comisión Europea, a fin de que corrijan de forma urgente el error padecido en la transcripción española del citado Reglamento 661/2009.

“Sin perjuicio de la corrección que se pueda llevar a cabo, se recuerda que, en caso de discrepancia entre textos transcritos o traducidos de normativa europea, siempre prevalece el texto original, cuya lengua oficial es el inglés”, argumenta la Asociación de Distribuidores.

En nuestro apartado de Descargables se pueden ver ambos Reglamentos, el original en inglés y su transcripción en español.

Scroll al inicio