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Derechos del Consumidor

Esta es la campaña indefinida puesta en marcha por los talleres baleares

Por Tania Alvarez
Mientras se lleva a cabo esta iniciativa informativa en el archipiélago, en los puntos de venta madrileños el Instituto Municipal de Consumo ha puesto en marcha inspecciones para conocer si se adecúan a la normativa legal.

Cualquier cliente que vaya estos días a un taller balear podría encontrar un cartel, con sus derechos y algunos consejos que deberá seguir a la hora de llevar su vehículo a reparar. La infografía protagoniza la campaña divulgativa que se ha iniciado en muchos de los puntos de venta del archipiélago para informar a los consumidores sobre sus derechos en relación a sus visitas al taller.

La Dirección General de Consumo de las Islas Baleares la ha presentado oficialmente estos días, además de anunciar que para su desarrollo cuenta con la colaboración de la Dirección General de Política Industrial, las patronales de los talleres de reparación de vehículos y la Asociación Balear de Especialistas Reparadores de Automoción y Náutica (Aberan– Cetraa Baleares).

Entre dichas recomendaciones, los creadores de la campaña destacan las siguientes:

  • Antes de dejar el vehículo en el taller es recomendable solicitar un presupuesto, que debe tener una validez mínima de doce días
  • Una vez se acepte el presupuesto, es conveniente pedir un resguardo del depósito del vehículo. En el caso de que no se haya pedido, se informa al usuario de que es necesario comprobar la orden de reparación y posteriormente firmarla
  • Cuando el usuario recoja su vehículo, tras la reparación, tendrá que revisar la factura y comprobar que se ajusta al presupuesto
  • Las piezas sustituidas en el vehículo reparado disponen de una garantía de dos años y, en el caso de la mano de obra, tres meses
  • El vehículo debe retirarse del taller en un plazo de tres días desde que haya sido reparado, ya que en caso contrario, el taller puede cobrar gastos por tenerlo bajo su custodia.

El director general de Consumo, Francisco Dalmau, ha aseverado que con esta iniciativa “se pretende avanzar en la protección de los derechos de los consumidores” y ha expresado su satisfacción por “la excelente disposición de las empresas a la hora de impulsar iniciativas que mejoran la calidad del servicio y, por tanto, la satisfacción de los usuarios, que se sienten más seguros”.

Por su parte, el presidente de Aberan, Julio González, ha afirmado que dicha campaña ayuda a que “los talleres aporten la máxima trasparencia y más confianza a sus clientes”.

Asimismo, el director de Política Industrial, Manuel Porras, señaló que “el año pasado se visitaron 80 talleres en el marco de la campaña de inspecciones, cuyo objetivo es garantizar la seguridad y evitar la competencia desleal”.

Los talleres madrileños, inspeccionados

Mientras, el Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha inspecciones de consumo en los talleres de la capital de España, dentro de una campaña general de establecimientos abiertos al público.

Es el Instituto Municipal de Consumo el encargado de comprobar si estos talleres de reparación se adecúan a la normativa legal. Así lo ha comunicado la Asociación de Talleres de Madrid (Asetra) que, en consonancia, ha enviado a sus asociados un documento para que “a modo de autochequeo”, dediquen un rato a comprobar el grado de cumplimiento de sus obligaciones como taller.

“Así, en caso de que detecten alguna irregularidad, pueden intentar subsanarla lo antes posible para evitar problemas durante la visita de los inspectores”, añade la Asociación.

Estos son los apartados incluídos por Asetra en dicha comprobación:

1. Documentación

2. Placa-distintivo y publicidad

3. Información al usuario (artículo 12 del Decreto de talleres)

4. Presupuesto y resguardo de depósito (artículo 14 del Decreto de talleres)

5. Piezas de repuesto (artículo 9 del Decreto de talleres)

6. Facturas (todos los requisitos vienen establecidos en el artículo 15 del Decreto 2/95)

7. Garantías de las reparaciones (artículo 16 Real Decreto de talleres)

8.  Hojas de reclamaciones (artículo 17 Decreto de talleres)

 

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